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07/05/11
Desde el GEN piden que se trate de manera urgente proyecto de ley para viviendas
Se trata de la “Ley de garantía del derecho ciudadano a una vivienda digna y sustentable en un hábitat adecuado”. Solicita la adhesión de los Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires

José Luis Ramos, del bloque GEN Mercedes


 

Desde el bloque del Partido GEN de Mercedes, el concejal José Luis Ramos exige que se trate de manera urgente un proyecto de ley para garantizar el derecho ciudadano a una vivienda digna.

Mediante un proyecto de resolución, y en vistas de “dar solución a los distintos problemas que se plantean en referencia a la escasez habitacional en casi todo el país”, Ramos marca en los considerandos que “el artículo 14 bis en su última parte, considera dentro de los sujetos de derecho todos los habitantes en general como beneficiarios de la seguridad social”.

“Se trata, con el acceso de la vivienda digna, de asegurar al trabajador y su grupo familiar de un lugar para vivir, siendo el propósito ideal la vivienda propia o en última instancia la posibilidad de poder alquilar”, indica.

“Teniendo en cuenta la Constitución Nacional, como así también las normas internacionales de rango supra - legal, este gasto le permita en un tiempo prudencial llegar a conseguir hacer realidad el derecho que posee”, considera para “abordar concretamente como Estado de sacar a millones de familias argentinas de la precariedad y no condenarlas a la marginación perpetua”. 

En el proyecto de resolución, el Concejo Deliberante se dirige a la Honorable Cámara de Senadores y a la Honorable Cámara de Diputados “a los efectos de solicitarles que en forma urgente trate el Expediente 1654-D-2011, del cual se adjunta copia” y se pide “remitir copia de la presente Resolución a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires para su adhesión”.

La “Ley de garantía del derecho ciudadano a una vivienda digna y sustentable en un hábitat adecuado” en su artículo primero marca que “es reglamentaria del artículo 14 bis de la Constitución Nacional y lo previsto en las declaraciones, pactos, tratados y convenios internacionales suscriptos por la República Argentina en materia de vivienda y hábitat”.

“Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer y regular la política nacional, los programas, instrumentos y apoyos para que toda familia pueda disfrutar de una vivienda digna en un hábitat adecuado. Esta ley tiene como fin principal la garantía del derecho social de la ciudadanía a acceder a una vivienda digna, a precios razonables, para que toda persona pueda, una vez liberada de esta contingencia, disfrutar y ejercer los restantes derechos y garantías constitucionales y así, desarrollar sus proyectos vitales. La vivienda es un área prioritaria para el desarrollo nacional. El Estado impulsará y organizará las actividades inherentes a la materia, por sí y con la participación de los sectores social y privado, de acuerdo con las disposiciones de esta ley”, sostiene.

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