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01/11/11 El viernes se realizó el Congreso Ordinario de la AJB en la sede gremial de San Nicolás. Se conformó una comisión para elaborar proyecto sobre porcentualidad salarial, la Junta Electoral Provincial y la Comisión de Disciplina Gremial, entre otras medidas adoptadas. Durante el encuentro se analizaron diversas cuestiones que tienen que ver con el gremio y se hizo especial hincapié en la sentencia de la Corte integrada por conjueces declarando la inconstitucionalidad de los decretos de Cafiero de 1991 y las leyes que los promulgaban. Luego de un prolongado debate, el Congreso Ordinario de la AJB resolvió conformar una Comisión encargada de elaborar un proyecto de Sistema Porcentual, que será coordinada por dos miembros de cada una de las tres agrupaciones políticas provinciales e integrada por dos representantes de cada Departamental. Dicha Comisión deberá reunir todos los antecedentes, experiencias de otros sindicatos judiciales, etc. debiendo trabajar con la mayor diligencia y articuladamente con la Comisión Provincial. El proyecto elaborado será puesto a consideración por la Comisión Provincial en el próximo Congreso a fin de su tratamiento y eventual aprobación. La fecha y hora de la primera reunión será definida esta semana y comunicada a las Departamentales inmediatamente. Se recomienda a las Departamentales conformar grupos de trabajo similares a fin de procurar la participación de la mayor cantidad de compañeros posible. Respecto a la sentencia referida, se convocará a una concentración frente a la Asesoría de Gobierno para oponerse a que sea recurrida. La contundencia de los fundamentos del fallo y los veinte años transcurridos desde la presentación de la demanda no admiten más demoras para que se determine definitivamente la razón que asiste a los judiciales. En caso de que sea recurrida a la Corte nacional se aprobó realizar una concentración el año que viene frente a la Corte Suprema de la Nación para su inmediata resolución. Se eligieron la Comisión Revisora de Cuentas (artículo 49 y 50 del Estatuto AJB); la Junta Electoral Provincial (artículo 64 del Estatuto AJB); y la Comisión de Disciplina Gremial (artículo 18 del Estatuto AJB).
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Noticiasmercedinas.com - Actualizado 01.11.11 7:07 AM |
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