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17/02/15
Basural de Mercedes: Vecinos de la zona de La Florida irán a la Corte Suprema de la Provincia
Para lograr la erradicación definitiva, tras una sentencia en segunda instancia de la Cámara de San Martín, que quitó los plazos. Para Luis Aros Peralta es “una sentencia a la medida” de lo que quería la comuna. Los detalles


 

Tras conocerse la sentencia en segunda instancia de la Cámara de San Martín, se supo que los vecinos de la zona del basural de La Florida harán un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, en la búsqueda de lograr la erradicación definitiva del mencionado basural en un plazo razonable, tal cual vienen reclamando en distintas instancias administrativas y en la justicia hace años.

En este mes de febrero se conoció el fallo de la Cámara de General San Martín, que fue la que había recibido las actuaciones en la causa Nº 4237, caratulada “Aros Peralta Luis Domingo y otros c/ Municipalidad de Mercedes s/ pretensión restablecimiento o reconocimiento de derechos-otros”. Los jueces Jorge Augusto Saulquin, Hugo Jorge Echarri y Ana María Bezzi intervinieron de esta manera ante el pedido de la comuna tras el fallo desfavorable del Juez de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de Mercedes, que había dado lugar a los vecinos, condenando a la Municipalidad de Mercedes, a cumplimentar con el cierre definitivo fijando plazos.
 
Luis Aros Peralta –quien junto a María Irma Wirs, Raúl Hipólito Torre y Juan Donofrio, vecinos de la zona de La Florida, promovió la demanda, con el objeto de que “se ordene la erradicación inmediata y para siempre del actual basural a cielo abierto ubicado en la prolongación de la Avenida 29 y Ruta Provincial 41, de la ciudad de Mercedes”– tras conocer la sentencia, adelantó a NOTICIASMERCEDINAS.COM que irán con un recurso extraordinario la Corte Suprema de la Provincia, dado que ahora se eliminaron los plazos para el cumplimiento efectivo del cierre del basural.

“A lo largo del juicio las dos partes reconocimos que había que sacar el basural, eso está aceptado, pero el problema es cuándo y cómo. La sentencia de primera instancia pone un plazo preciso sobre esto, pero desde la comuna apelaron y la Cámara les dice que está bien y los intima a que hagan nuevos plazos pero para presentar un proyecto de cómo hacerlo. En definitiva, la solución de fondo no está pautada en el tiempo”, resumió Luis Aros Peralta sobre la actualidad de un conflicto que lleva 21 años, desde que se instaló el basural en La Florida ante el reclamo de los vecinos al municipio.

En tanto, la causa en la justicia que sigue en trámite se inició en 2010. “Los vecinos reclaman desde hace 21 años, y todos los gobiernos desde entonces han sabido esto. Hoy el juez de Cámara relata entre los considerandos que no debe haber intromisión entre poderes, pero hace 21 años que se les esta proponiendo a las autoridades administrativas que solucionen el tema y no lo hacen. Fuimos a la justicia luego de haber pasado todas las instancias administrativas en la comuna, en la provincia, para que se solucione, y ahora el juez dice que no tiene que haber intromisión de poderes. Entonces, ¿cómo es? Lo hemos querido solucionar, pero debimos recurrir a la justicia, ¿Qué pretenden decir cuando dicen este tipo de cosas? Aquí el municipio fue denunciado por incumplimiento de toda la legislación atinente a los residuos urbanos. Con todas las instancias municipales y provinciales hemos charlado durante años, pero eso iniciamos el juicio. Tras tres años en el Juzgado Contencioso se resuelve que la comuna debe erradicar el basural y se le pone un plazo para hacerlo, que es lo que apela la Municipalidad y logra una sentencia a la medida de lo que quería. Hoy tienen que decir que quieren sacar el basural, para no seguir estando en contra de toda la legislación en la materia, pero el problema es cuándo tienen que hacerlo y cómo. Creemos que se niegan por ineptitud, por irresponsabilidad, porque no les importa la condición de vida de sus gobernados seguramente. Nosotros somos los que estamos cerca del basural pero es un problema de toda la Municipalidad la basura, y basta con salir a la calle para ver qué pasa”, relató el vecino Luis Aros Peralta.

En el fallo, si bien se dice que los vecinos son la parte ganadora, estos creen que se ha logrado una vez más “patear la pelota para adelante”: “Esto se ve cuando uno lee la sentencia. No tiene anclaje en el tiempo encontrar la solución y eso es lo que pedimos y habíamos logrado en primera instancia. Pero ahora se derribó el plazo, porque si bien es cierto que a la situación la han llevado a una instancia tan grave que no es cuestión de un día a otro, y el fallo de primera instancia, hoy revocado, daba un año para solucionar el problema, ahora con la liberación de los plazos pueden hacerlo cuando se les antoje. Tienen sólo la obligación de presentar un proyecto, pero en este proyecto pueden hablar de 15 años y con eso cumplir con lo que la sentencia de segunda instancia les pide. Bajo estas condiciones pareciera ser una tomada de pelo, por lo que nosotros vamos a presentar un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Provincia para que evalúen esta cuestión y le den un corte al asunto. Nosotros pedimos un plazo y suponemos que lo van a entender. Si el municipio se hubiera comprometido a hacer alguna acción concreta para solucionar el problema nosotros hubiéramos estado concientes de que si se demoran o no cumplen con los plazos podría haber un poco más de tiempo, pero solo si se ve que están en la búsqueda de la solución definitiva del problema. Hoy la situación en el basural es la de siempre, siguen tirando todos los días, han comprado algunos camiones, dicen que llevan una parte al CEAMSE pero no se sabe nada porque este tema no pasó por el Legislativo, no fue convalidado. Se sigue dilapidando de esta manera el erario municipal de Mercedes, y este nuevo plan que se ha hecho de poner basura en containers es parte de una pantomima para decir que se esta haciendo algo. Deberían ser más grandes y de color rojo los contendedores para que la gente los vea desde más lejos y piense que están haciendo algo en concreto. Si no tienen cómo tratar la basura y mucho menos un sitio de disposición final es lo mismo. Lo diferente podría ser la forma de envasar la basura cuando la sacan de los hogares, pero cuando se deposita es siempre lo mismo”, opinó Luis Aros Peralta.

Los vecinos, tal cual indicó uno de los demandantes, no han tenido posibilidades de hablar con áreas de Medio Ambiente o de Gobierno municipales. “Nunca quisieron dialogar seriamente con nosotros. Se sienten interpelados ante una situación que los superó siempre. Hay mucha gente en los barrios que reclama esta cuestión y no sabe bien lo que pasa. Nosotros conocemos los síntomas y el por que de esta enfermedad”, según Aros Peralta.
 
Ordenanzas y leyes que no se cumplen
“En 2006 hicieron una ordenanza modelo muy buena, pero ahora la derogaron por otra que no dice absolutamente nada. Y yo no sé si eso esta avalado por el juez porque cambiaron las leyes en medio del partido”, planteó Aros Peralta, sobre la Ordenanza municipal 6202/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión del día 26 de junio de 2006, la que en su artículo 3 dispone que se desafectará en un plazo de 180 días corridos, a partir de dicha ordenanza, el actual basural municipal, ubicado en la prolongación de Avenida 29 y Ruta provincial 41. “Además la Cámara exhorta ala provincia para que participe en conjunto con la Municipalidad, pero eso está legislado en la ley 13.592 de varias formas, una habla de la regionalización por la que si dos o tres municipios se ponen de acuerdo en tratar los residuos, la provincia colabora; y otra es que cuando se que los municipios por cualquier razón producen un grave problema en el tratamiento y la forma de manejar los residuos sólidos la ley contempla que lo puede hacer la provincia con cargo al municipio. Pero todos miran para otro lado, y nada de eso sucedió”, objetó el vecino.

“En Mercedes hay basurales por todos lados y hasta hay uno en la portada de Mercedes. Hay mucha gente preocupada por esta cuestión por acciones concretas no hace nadie, porque es un tema complejo, pero hay que empezar a resolverlo y encontrar la solución, algo que a esta altura no puede venir del consenso o del diálogo porque nunca nos escucharon. Y es increíble como el municipio de Mercedes se defiende en la justicia para no cumplir las leyes”, completó Aros Peralta.

Fundamentos y sentencia
Entre los fundamentos de la Cámara se marca que es “atendible el planteo realizado por la Comuna accionada, en el sentido de que no es posible el cierre o cese del basural cuestionado en un plazo de 360 días. Ello, puesto que la realidad de la Comunidad de Mercedes indica que en la actualidad no se cuenta con un predio alternativo y con una fecha probable del comienzo de las obras y el tiempo para el funcionamiento de una nueva planta de tratamiento de RSU”.

“En esas condiciones, la sentencia de primera instancia, no resulta razonable en aras a la efectiva concreción del objetivo normativo y fáctico a alcanzar, esto es, el cierre definitivo del basural a cielo abierto ubicado en prolongación de la Ruta Provincial 41 y la Av. 29 de Mercedes”, plantean en la Cámara en Segunda Instancia.

“No se puede desconocer que amén de la evidente infracción en la que se encuentra la Comuna desde hace varios años, lo cierto es que hasta el momento no obra en autos un predio alternativo que posea el correspondiente apto ambiental emitido por la autoridad competente (OPDS). Bajo esos extremos, el cierre en los plazos estipulados en la sentencia de grado, no harán más que agravar el perjuicio en el que se encuentran todos los ciudadanos de la Municipalidad de Mercedes”, se completa y se concluye que “para disponer un plazo específico para el cierre definitivo, antes se debe contar –al menos– con un predio alternativo para la disposición final de los residuos domiciliarios” y que “la Comuna accionada solicitó a la OPDS la prefactibilidad de un predio de 14 hectáreas para la disposición final de los RSU”.
 
En la sentencia, entonces, el Tribunal resuelve “hacer lugar parcialmente al recurso de apelación intentado por la Comuna accionada y revocar el fallo en lo relativo a las medidas estipuladas y plazos dados”, todo ello “tendiente a posibilitar el cierre definitivo del basural a cielo abierto ubicado en la intersección de la Ruta provincial 41 y Av. 29 de la localidad de Mercedes”.

Y entre los puntos a cumplir marca:

a) Ordenar a la Comuna accionada que disponga el cese de la incineración de residuos, así como la toma de medidas urgentes y necesarias –cerramiento y control de acceso- para evitar en el predio donde funciona el basural a cielo abierto de Mercedes- el ingreso de personas ajenas al funcionamiento del predio que arrojan y extraen residuos, ingreso de animales, iluminación y limpieza de sus adyacencias, además de las medidas pertinentes para evitar el esparcimiento de residuos, inmediata señalización, medidas de desinfectación, adecuada implementación con respecto al personal de medida de higiene y seguridad en el trabajo; información pública vinculada con el basural y con medidas a adoptar en cuanto al reciclado de residuos (cfr. arts. 9 y 13 de la ley 13592) etc;

b) Ordenar a la Municipalidad accionada, para que presente en el plazo máximo de 90 días un programa que: mejore, amplíe, y perfeccione el funcionamiento actual de la planta de tratamiento de residuos (en particular cantidad de toneladas y turnos), técnica del rechazo a utilizar y, a su vez establezca el plazo preciso a partir del cual se procesará el 100% de los residuos que ingresen en el predio;

c) Exhortar a la provincia de Buenos Aires para colabore en forma coordinada y conjunta con la Comuna en la presentación del programa aludido en el punto b);

d) Ordenar a la Municipalidad accionada que en un plazo no mayor de 120 días, presente la prefactibilidad del predio de 14 hectareas y, en idéntico plazo máximo, un programa pautado con respecto a la evaluación y declaración de impacto ambiental y plazo preciso en que finalizarán las obras y el tiempo preciso en que se pondrá en funcionamiento la nueva planta de tratamiento para la disposición final de los RSU en el predio de 14 hectáreas. Por último, el plazo preciso a partir del cual se podrá efectuar el saneamiento de los residuos que a esa fecha se encuentren dispuestos a cielo abierto y gestionar el cierre definitivo y posclausura del basural a cielo abierto en infracción;

e) Exhortar a la Provincia de Buenos Aires colabore en forma conjunta y coordinada con la Municipalidad accionada en la presentación de la prefactibilidad aludida en el punto d);

f) Exhortar a la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Mercedes, de modo también coordinado y conjunto, arbitren los medios necesarios para realizar en un plazo máximo de 180 días una auditoría ambiental, con el fin de esclarecer el modo de sanear el predio actual (dado que no se puede efectuar sobre el mismo un estudio de impacto ambiental luego de 18 años); establecer un programa de gestión integral de residuos sólidos urbanos, que comprenda las siguientes etapas: generación, disposición inicial, recolección, transporte, almacenamiento, planta de transferencia, tratamiento y/o procesamiento y disposición final (cfr. art. 2 de la ley 13592) ínterin se completan los trámites tendientes a habilitar (si correspondiere) el predio de 14 hectáreas para la disposición final y, con ello posibilitar el cese definitivo del basural a cielo abierto cuestionado;

Por otro lado, se indica que “las costas de alzada se imponen a la Comuna en su condición de sustancialmente vencida, en la medida en que sólo ha prosperado su pieza recursiva en lo atinente a la modalidad y plazos del cierre del basural a cielo abierto ubicado en la intersección de la Ruta provincial 41 y la Av. 29, más no en lo relacionado al derecho sustancial invocado por la actora, que ha sido reconocido de manera favorable en ambas instancias (cfr. art. 51 del CCA texto según ley 14437)”.

 

 

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