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17/10/06 De acuerdo a lo informado por el Ministerio de Asuntos Agrarios de la provincia, hasta el 31 de octubre, en cada uno de sus distritos, los productores rurales deberán declarar el stock ganadero. A partir de ese día, todo movimiento de hacienda no se podrá efectuar, sin antes haber declarado el stock. Cabe
destacar que de acuerdo a la Resolución 230 del 24 de junio 2006,
todo el tránsito de ganado está amparado por la nueva
guía electrónica, documento legal para el movimiento de
hacienda. En
este contexto, el nuevo sistema informático implementado desde
el Ministerio, generará documentaciones futuras sobre la venta
de animales, faenas, movimientos de ferias, etcétera. Este nuevo sistema hace a la gestión administrativa del movimiento de animales, ya que permite conocer el stock de ganado, la propiedad de los animales, a través de la documentación correspondiente, y por otro lado permite controlar la producción ganadera en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, como también diseñar políticas en función de las estadísticas. Entre las derivaciones eficientes del sistema, determina un rol controlador de la Policía Bonaerense, ya que hoy en las rutas puede solicitar la guía al transportista y allí puede corroborar vía internet que los datos son fidedignos. Esta
nueva reglamentación tiende a proteger y amparar la propiedad
de los animales que se trasladan, y el hecho de contar con el sistema
electrónico en el tránsito de ganado, tiende a bajar la
comercialización en negro y el cuatrerismo, ante el mayor control.
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