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20/08/08
A favor de la vuelta de la “bolsa de los mandados”, la Coalición intentan prohibir las bolsas plásticas
Se crearía el “Programa de sustitución de envases no biodegradables”. Se prevén apercibimientos, multas y hasta clausuras de los comercios en caso de que no cumplan. “El tiempo de las decisiones es hoy”, sostienen.

Integrantes de la Coalición Cívica local, preocupados por el futuro del planeta

 

Desde el bloque de la Coalición Cívica de Mercedes proponen un programa para el recambio de bolsas de plástico de embalaje comunes por otras biodegradables. Quieren limitar el uso de bolsas e incluso eliminarlas, e incluyen una campaña de concientización, multas y sanciones a los infractores.

“El uso de bolsas de plástico como embalaje y envase generalizado para el transporte y contención de todo tipo de bienes y productos, va aumentado en forma exponencial, multiplicando su nocivo impacto ambiental”, dicen entre los fundamentos. “Estas bolsas plásticas han invadido todos los paisajes, no existiendo lugar alguno donde no encontremos una de ellas o rastros de alguna de ellas, siendo un problema creciente no sólo su proliferación, sino que al ser descartadas con una sola utilización, o ser las destinatarias de los residuos domiciliarios, crea una gran masa de material no degradable que genera un gran impacto ambiental, por lo que amerita la búsqueda de una solución que en un corto plazo las limite en su uso y en forma paulatina las elimine,  apuntando a su reemplazo por otros elementos menos dañinos al medio ambiente. Las bolsas de plástico se han ido imponiendo en el mercado por su bajo precio y practicidad, empero las empresas no miden dentro de sus costos el tremendo costo ambiental que generan a la sociedad”, amplían.

“Estos plásticos, sea el polietileno o el polipropileno, son materiales no biodegradables, es decir que no se degradan en la naturaleza”, explican. También afirman que como “el plástico es un derivado del petróleo, recurso no renovable, a medida que se utiliza se extingue y aumenta su costo”.

En este sentido destacan que algunas cadenas de supermercados ya han reemplazado las bolsas de plástico por bolsas oxi biodegradables: “Estas bolsas incluyen en su proceso de elaboración un aditivo que rompe los enlaces de carbono-carbono, transformándose de esta manera en productos sensibles a las luz solar, humedad, temperatura, y otros factores ambientales que inician un proceso de degradación natural, al mismo tiempo que mantienen sus propiedades de resistencia y seguridad en el contacto con los alimentos, como si se tratase de bolsas tradicionales”.

“No sólo con este reemplazo aseguraremos la disminución, también se requiere un cambio de conducta, volver a la tradicional ‘bolsa de los mandados’, o el ‘changuito’ de la casa, que son medios de uso mucho más duraderos y aseguran una clara disminución del uso de bolsas”, marcan. “El papel para envolver, las cajas de cartón también aseguran este propósito”, agregan.

“El tiempo de las decisiones es hoy, por el futuro de nuestro planeta, debemos tomar medidas de acción directa tendientes a minimizar los efectos nocivos que nuestra generación está causando”, opinan.

Lo que proponen es un proyecto de ordenanza para crear el “Programa de sustitución de envases no biodegradables”.

De esta manera, las bolsas o recipientes que se utilicen en los hipermercados, supermercados y comercios en general, que se entregan al público, para contención y transporte de mercaderías, deberán estar constituidas por material biodegradable.

Además, las reparticiones oficiales, establecimientos escolares, de culto, de seguridad, entidades bancarias, colegios profesionales, empresas de cualquier índole estatal o privada, y domicilios particulares que utilicen el servicio municipal de Recolección de Residuos deberá depositar los residuos que generen en bolsas o contenedores biodegradables.

Las bolsas de plástico o material no biodegradable deberán ser sustituidas por otro tipo de contenedores que tengan la propiedad de biodegradarse en el medio ambiente, minimizando el impacto ambiental provocado por este tipo de elementos de uso cotidiano.

En el caso en que el contenido a envasar sea húmedo o que por sus características sea necesario utilizar un envase específico, se permitirá el uso de bolsas o recipientes de material no biodegradable, siempre y cuando no exista un sustituto de iguales características biodegradable.

Modalidades y plazos
La autoridad de aplicación implementará en un plazo que no podrá superar el término de noventa días a partir de la promulgación de la ordenanza, el "Programa de sustitución y reemplazo de bolsas y envases de plástico no biodegradables", que consistirá en:

• Reemplazo gradual de las bolsas de plástico no biodegradable que se entregan a los clientes para contener mercaderías, materiales o productos que se comercializan y los entes oficiales y privados referidos,  para lo cual se comenzará con las cadenas de comercialización, las grandes superficies comerciales y los entes oficiales.
• Podrá determinar con las cadenas de comercialización sobre los colores a utilizar como fondo, con el fin de la posterior separación domiciliaria de residuos en orgánicos e inorgánicos.
• Realizar campañas de difusión y concientización sobre el uso racional del material no biodegradable, para el envase y contención de productos.
•  Informar y capacitar a los destinatarios de esta ordenanza sobre las posibles alternativas que pueden sustituir a los envases de plástico no biodegradable, asistiéndolas de forma gratuita e inmediata ante sus requerimientos.
• Gestionar con empresas y fabricantes locales de bolsas no biodegradables para que se sumen a este programa.
• Gestionar o subsidiar en forma directa a talleres protegidos para que adopten en sus programas la fabricación de envases o bolsas biodegradables.

Sanciones
La Autoridad de Aplicación podrá actuar de oficio o ante cualquier denuncia a los efectos de lograr el fiel cumplimiento de la ordenanza. En caso de incumplimiento, previa intimación fehaciente de la obligación de regularizar la situación y verificación de dicha circunstancia, la misma podrá aplicar las siguientes sanciones:

• Apercibimiento: Ante el primer incumplimiento.
• Multa: Cuando se verifique la no regularización ante el apercibimiento se aplicará una multa graduable entre cincuenta a cien salarios mínimos del personal municipal.
• Clausura o inhabilitación: Que podrá ser de tres a treinta días cuando ante las dos sanciones anteriores se reincida con la falta de regularización del programa.

Fondos y registro
Los fondos recaudados en concepto de multas se afectarán a una cuenta especial, la que se utilizará para solventar las campañas de difusión y el cumplimiento de lo prescripto en la ordenanza. Además se llevará un registro de los infractores con el objeto de ejercer el control y el seguimiento de los mismos.

 

 

 

 

 
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