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21/08/08 Se supo que hubo un acuerdo en el día de ayer por la causa caratulada “Díaz, Barguez y Sena, sobre daño agravado”, que se iniciara luego de la quiebra y la resistencia al desalojo en 2004 de la ex Clínica Cruz Azul por parte de la Justicia. La Fiscalía sólo fijó reglas básicas de conducta para los tres imputados, consideró los antecedentes de cada uno, y los liberó de la obligación de realizar tareas comunitarias (probation). Justamente este jueves a las 11 se dará una conferencia especial y alusiva a la situación, en la confitería “El Cabildo”, con la presencia de Daniel Díaz (ex empleado de la Clínica Cruz Azul), Julio Sena y Julio Barguez (militantes del Partido Obrero). El doctor Horacio Chiminelli fue el representante de la Fiscalía, mientras que el doctor Pablo Marsón fue el abogado por la defensa. “Justamente para llegar a este acuerdo se tuvo en consideración las características personales de los imputados”, aclaró el abogado de la defensa sobre las cuestiones técnicas del caso. “También primó la ausencia de antecedentes y como consecuencia de ello no se han impuesto ni la obligación de realizar tareas comunitarias (algo frecuente) ni la obligación de reparar económicamente el daño que se les imputa”, agregó sobre la situación de sus defendidos el doctor Marsón. “En términos del acuerdo, la propuesta que hizo la Fiscalía es la menos gravosa posible para mis defendidos, ya que sólo les fijó reglas básicas de conducta”, opinó el abogado. Además, puesto en el marco de la investigación y mirando los antecedentes de la causa según Marsón, se puede pensar que es “un acuerdo satisfactorio para las partes, en tanto que no implica reconocimiento de culpabilidad por un hecho del que mis defendidos son completamente inocentes”. En el año 2004 comenzó todo y hoy en día la causa se tramita en el Juzgado Correccional Nº 4, a cargo de la doctora Bomaggio. Ofreciendo más precisiones, Marsón comentó: “Se firmó un acuerdo de suspensión del juicio a prueba (probation), lo que significa suspender el trámite por un año, sujetar a Sena, Barguez y Díaz a reglas mínimas de conducta, y en caso de que en el término de un año ninguno violara las reglas que se le imponen (fijar domicilio y dar aviso en caso de que lo cambien, no cometer delitos, no abusar de bebidas alcohólicas, ni utilizar estupefacientes) la causa se archiva por extinción de la acción penal, prescribe”. “Este tipo de acuerdo no implica un reconocimiento de culpabilidad, sino que es un acuerdo entre la Fiscalía y la defensa de no ejercerse la acción penal por parte de la Fiscalía, y por otro lado de no avanzar con el juicio, pero en caso de resurgir la acción penal porque alguno de los implicados violara las condiciones impuestas por el juez, subsistiría el derecho de defenderse en el juicio y ellos conservarían la probabilidad de quedar absueltos”, completó el abogado de la defensa.
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- Actualizado
21.08.08 2:34 PM
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