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06/12/08
Plantean la ilegalidad de la feria administrativa dictada por la Municipalidad de Mercedes
Lo hace un abogado local y reclama que el Decreto 916/08 afecta seriamente principios constitucionales de los que ejercen la profesión. Solicitan la intervención del Colegio de Abogados de Mercedes.

 

El abogado Héctor Alfredo Bani, quien días pasados realizara una sentada pacífica para reclamar la vista de un expediente en la Municipalidad, ahora plantea contundentemente la ilegalidad de un Decreto que el intendente Carlos Selva firmó recientemente para que la comuna entre en feria administrativa desde el 12 de enero hasta el 10 de febrero de 2009. Se trata del número 916/08 y a esta cuestión la enfoca también hacia el responsable del Colegio de Abogados de Mercedes, su presidente, ya que entiende que “se afecta seriamente principios constitucionales de los que ejercemos la profesión de abogados y en consecuencia de nuestros patrocinantes o mandantes”.

Lo que el doctor Bani solicita es que se modifique la fecha propuesta o se amplíe el artículo 7, exigiendo pronto despacho.

Manifiesta “la ilegalidad del Decreto 916/08 el que dispone la suspensión de los plazos procesales administrativos por 30 días desde el 12/01/2009 hasta el 10/02/2009” y aduce que la ilegalidad mencionada, así como la arbitrariedad “se fundamenta en la afectación del debido proceso, afectación del derecho de defensa, afectación de los derechos establecidos, afectación del derecho de propiedad, afectación del derecho de igualdad ante la ley, afectación al acceso a la justicia, afectación a la tutela judicial continua y efectiva, arrogación ilegítima de funciones de un poder en desmedro de otro, por sólo mencionar algunos de los derechos constitucionales que amparan a todos los ciudadanos y en especial a los que ejercemos la profesión de abogados”.

Además sostiene que ha pasado inadvertido al intendente que “lo ilegal no es la feria administrativa en sí misma sino extender aquella al período comprendido entre el 01/02/2009 y el 10/02/2009, pues no suspende los plazos judiciales durante los días hábiles en que comienza la actividad en dicho fuero, luego del receso correspondiente al mes de enero”, mencionando la “perentoriedad” de ciertos casos.

Lo que solicita entonces es que se modifique el plazo de la feria administrativa de la Municipalidad  haciéndola coincidir con la feria judicial de la provincia de Buenos Aires, o ampliar los términos del artículo 7 indicándose que para los trámites administrativos que estén en curso en el período comprendido entre el 01/02/09 al 10/02/09 “implicará la suspensión de los términos en el ámbito judicial de los que no podrá valerse ni esgrimir la Municipalidad de Mercedes”.

“Pensar lo contrario, además de afectarse los principios constitucionales denunciados, es en desmedro de la tan degradada seguridad jurídica”, concluye Bani.

 

 



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