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13/11/09
En el año 2011 los bonaerenses podrían elegir a 100 diputados y 50 senadores 
Ingresa en Diputados una iniciativa para elevar la cantidad de legisladores, sumando 8 diputados y 4 senadores. Por secciones, la Primera sumará 3 diputados y un senador, la Tercera 4 y 2, y la Quinta uno y uno.

 

En la sesión de la Cámara de Diputados prevista para el próximo martes, donde se abordará el Presupuesto 2010, se incluiría una iniciativa para elevar la cantidad de legisladores de 138 a 150, sumando 8 diputados y 4 senadores.

Así lo estipula el proyecto de la diputada oficialista María de la Paz Dessy que modifica el artículo 13 de la Ley Electoral bonaerense con el objetivo de “adecuar la representación legislativa”, según sus fundamentos.

De este modo fija la representación legislativa de la Provincia en cien diputados y cincuenta senadores, mientras que las secciones electorales que verán aumentada su participación serán: la Primera con 3 diputados y un senador más, la Tercera con 4 y 2; y la Quinta con uno y uno.

Este sería el primer tema relacionado con la reforma política que abordaría la Legislatura, el resto de los cambios se están analizando desde el Ejecutivo para enviarlo en un proyecto que podría ser tratado en una última sesión antes del recambio legislativo.

La diputada se basó en lo que dicta la Constitución Provincial sobre la proporcionalidad de la representación y la posibilidad de aumentar el número de legisladores hasta lo que propone en su iniciativa.

Así la Primera Sección Electoral pasará a tener 18 diputados en lugar de 15 y 9 senadores en lugar de 8; la Tercera 22 y 11 contra 18 y 9; y la Quinta 12 y 6, en vez de 11 y 5..

En la Provincia de Buenos Aires, la ley electoral dictada en el año 1946 previó la división de la provincia en ocho secciones electorales, teniendo en cuenta la población existente por ese entonces en la provincia, asignó las 84 bancas de diputados y las 42 de senadores de la siguiente forma:

SECCION PRIMERA: once (11) diputados y seis (6) senadores.
SECCION SEGUNDA: once (11) diputados y cinco (5) senadores.
SECCION TERCERA: catorce (14) diputados y siete (7) senadores.
SECCION CUARTA: catorce (14) diputados y siete (7) senadores.
SECCION QUINTA: once (11) diputados y cinco (5) senadores.
SECCION SEXTA: once (11) diputados y seis (6) senadores.
SECCION SEPTIMA seis (6) diputados y tres (3) senadores.
SECCION OCTAVA: seis (6) diputados y tres (3) senadores.

En 1951 se reformó, mediante la ley 5656, redistribuyendo las bancas de la siguiente manera:

SECCION PRIMERA: diecinueve (19) diputados y nueve (9) senadores.
SECCION SEGUNDA: siete (7) diputados y tres (3) senadores.
SECCION TERCERA: veinte (20) diputados y diez (10) senadores.
SECCION CUARTA: nueve (9) diputados y cinco (5) senadores.
SECCION QUINTA: diez (10) diputados y cinco (5) senadores.
SECCION SEXTA: nueve (9) diputados y cinco (5) senadores.
SECCION SEPTIMA cuatro (4) diputados y dos (2) senadores.
SECCION OCTAVA: seis (6) diputados y tres (3) senadores.

En 1961 mediante la ley 6698 se vuelve a modificar el artículo 12 en cuanto a la distribución de las bancas y a la vez aumenta la cantidad de bancas a 92 diputados y 46 senadores, de acuerdo al siguiente esquema:

SECCIÓN PRIMERA, ocho (8) senadores y quince (15) diputados.
SECCIÓN SEGUNDA, cinco (5) senadores y once (11) diputados.
SECCIÓN TERCERA, nueve (9) senadores y dieciocho (18) diputados.
SECCIÓN CUARTA, siete (7) senadores y catorce (14) diputados.
SECCIÓN QUINTA, cinco (5) senadores y once (11) diputados.
SECCIÓN SEXTA, seis (6) senadores y once (11) diputados.
SECCIÓN SÉPTIMA, tres (3) senadores y seis (6) diputados
SECCIÓN OCTAVA, tres (3) senadores y seis (6) diputados.

La diputada Dessy destacó que pasaron 47 años de esa última modificación, “habiendo aumentado considerablemente la población de la provincia, sobre todo en los distritos del primer y segundo cordón del conurbano bonaerense y en algunos de los partidos del interior de la provincia”.

Por ello consideró “viable aumentar hasta 100 la cantidad de diputados y en 50 los senadores, trasladando el incremento de legisladores a las secciones electorales con mayor aumento de la población de acuerdo al último censo oficial publicado y a las proyecciones estimadas”.

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