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27/10/10
Pacientes internados y personal de salud serán censados en los hospitales de la Provincia
Bajo la categoría de “viviendas colectivas” que comparten con geriátricos u hogares de niños, entre otros. Allí se efectuará un cuestionario abreviado. No ingresarán en el censo los bebés nacidos desde las 0 horas

 

Personal de los hospitales y docentes realizarán el Censo 2010 en los establecimientos de salud provinciales. “Estamos completamente comprometidos con el censo porque nos permitirá tener información actualizada para hacer un renovado diagnóstico de la situación sanitaria de nuestra población”, señaló el ministro de Salud, Alejandro Collia.

El Ministerio de Salud informó que personal de los hospitales y docentes realizarán el Censo 2010 en los establecimientos de salud provinciales bajo la categoría de “viviendas colectivas” que comparten con geriátricos u hogares de niños, entre otros. Allí se efectuará un cuestionario abreviado tanto al personal de salud como a los pacientes internados.

Dado que el censo debe registrar una “foto poblacional” de las cero horas del 27 de octubre, no ingresarán en el censo los bebés nacidos después de ese horario pero sí aquellos pacientes que fallezcan luego de ese momento pero que hayan estado vivos a las cero horas del miércoles.

Si bien varios docentes realizarán el censo en hospitales, en la mayoría de los establecimientos de la Provincia personal administrativo fue capacitado sobre la forma en que se debe completar el cuestionario que, para estos casos, consta de entre cuatro y nueve preguntas entre las que figura el nombre de pila (no hace falta dar apellido ni número de documento), si se considera varón o mujer, edad, fecha de nacimiento, nivel de estudio, si cuenta o no con cobertura de salud, si tiene trabajo y si es beneficiario de algún plan social.

“Estamos completamente comprometidos con el censo porque nos permitirá tener información actualizada para hacer un renovado diagnóstico de la situación sanitaria de nuestra población, lo que implica recabar información clave para la planificación de políticas sanitarias en la Provincia de Buenos Aires”, señaló el ministro de Salud de la provincia de Buenos Aires, Alejandro Collia.

Desde la Dirección de Información Sistematizada de la Subsecretaria de Planificación de la Salud se detalló que los censistas de hospitales deben relevar los datos de todo paciente que haya pasado la noche del 26 al 27 de octubre en los hospitales. Si el internado es un bebé o una persona incapacitada para responder, la información debe ser suministrada por el personal de salud a cargo o bien por un familiar.

Además, se recomendó a las personas que tengan familiares internados que se lo hagan saber al censista para que éste sepa que será relevado en el establecimiento sanitario.

En tanto, el personal de salud podrá optar por responder o no al censo en su lugar de trabajo sólo si en su hogar hay un familiar o conviviente que brinde su información. Pero si la persona (médico, enfermero, técnico o administrativo) vive sola es obligatorio que responda al cuestionario en su lugar de trabajo.

En cuanto al funcionamiento hospitalario, el Director Provincial de Hospitales, Claudio Ortiz, detalló que se prestarán los mismos servicios que se ofrecen los días feriados, es decir, atención por guardia y cirugías sólo en casos de emergencia.

 

 

 

 

   

 



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 Noticiasmercedinas.com - Actualizado 27.10.10 7:08 AM




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