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21/07/11 A partir de la sanción de la Ley 14.086, en la provincia de Buenos Aires el sufragio de los residentes extranjeros pasó a ser obligatorio por lo que deberán participar de las elecciones primarias del 14 de agosto y en las generales de octubre. Todos desde los 18 años tendrán la obligación de sufragar en dos oportunidades de aquí a fin de año. En ese sentido, el Jefe de Gabinete, Alberto Pérez, destacó que “a partir de ahora los residentes extranjeros mayores de edad tendrán el derecho y la obligación de elegir. También, aquellos hombres y mujeres extranjeros con vocación política, tal como lo indica la Constitución Provincial, podrán también postularse como candidatos a concejales municipales una vez que hayan cumplido los 25 años de edad”. Los extranjeros residentes en el ámbito de la provincia de Buenos Aires deberán elegir Gobernador y Vicegobernador, legisladores provinciales (diputados o senadores según su sección electoral), intendentes municipales, concejales y consejeros escolares. Hasta el momento, los inscriptos en el padrón suman 339.803. En los comicios legislativos de 2009 eran 272.494. La suba se produce incluso a pesar de las depuraciones realizadas en las que, por ejemplo, se retiró a personas ya fallecidas que continuaban registradas como potenciales votantes. El subsecretario de Gabinete, Juan Pablo Alvarez Echagüe explicó que “el importante incremento en el padrón es el resultado del trabajo que venimos realizando desde el 2009 para que todos los residentes extranjeros puedan tramitar su inclusión en el padrón, de una manera sencilla y descentralizada, en las 400 delegaciones que el Registro de las Personas tiene en todo el territorio provincial”. Y agregó que “complementariamente hemos sancionado esta Ley a fin de que aquellos que estén en condiciones de votar efectivamente lo hagan, tanto en las elecciones Primarias como en las Generales, aumentando así la escasa participación de las últimas elecciones donde sólo votaron 25.436 extranjeros”. El carácter obligatorio del sufragio surge de la Ley 14.086, sancionada y promulgada en el año 2009, que estableció el régimen de elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias disponiendo en su artículo Nº 1 que “son electores todos los ciudadanos empadronados y los extranjeros que se encuentren inscriptos en el registro establecido por la Ley 11.700 modificada por la Ley 12.312”. La misma norma aclara que “la emisión del sufragio será obligatoria” y establece que la no emisión del sufragio, ya sea en las elecciones primarias o en las generales sin justificativo alguno, constituye una falta electoral sancionada por la ley. La no emisión del sufragio, ya sea en las elecciones primarias o en las generales sin justificativo alguno, constituye una falta electoral. En ese marco, la Jefatura de Gabinete informó que, a través de la Subsecretaría de Gabinete y la Subsecretaría de Relaciones Institucionales, se vienen realizando una serie de capacitaciones en los municipios con el objetivo de familiarizar a la mayor cantidad posible de extranjeros con el acto de votación. Ranking y requisitos En el interior provincial, la ciudad con presencia más fuerte de estos votantes es Mar del Plata, donde ascienden a 11.044 que deberán presentarse en sus respectivas mesas de votación en dos ocasiones antes de fin de año. Respecto de las secciones, los residentes extranjeros empadronados suman más en la tercera sección electoral con 146.115 personas, le sigue la primera sección electoral con 117.101 votantes nacidos fuera del país, la octava con 22.877, la quinta sección con 19.720 residentes extranjeros la sexta con 7.977, la segunda sección con 3.261 electores, la cuarta (1.562) y la séptima con 1.117 votantes. Desde la subsecretaría de Gabinete recomendaron que todos los residentes extranjeros verifiquen con tiempo antes de las elecciones si efectivamente figuran en el padrón electoral. Capacitaciones Los próximos encuentros se concretarán en Villa Gesell, Partido de la Costa, Merlo, Bahía Blanca y Tornquist. Entre la primaria y la general se sumarán nuevas capacitaciones. Ante cualquier duda, o por consultas, dirigirse a la dirección de email colectividadesextranjeras@gmail.com o al correo dpelectoral@jg.gba.gov.ar, de la Dirección Provincial Electoral.
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Noticiasmercedinas.com - Actualizado 21.07.11 7:08 PM |
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