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01/02/12
El expediente se genera en vista de “la confusa situación que tuvo como protagonista al Secretario de Control Urbano en un accidente de tránsito ocurrido en cruce de avenida 17 y calle 18”, el día 1 de enero de 2012. Lo que consideran los ediles es que “de acuerdo a la ordenanza general 267/80 Artículo 6 inciso a, no fue el proceder adecuado del secretario en cuestión”. “A partir de la comisión de un delito la autoridad policial queda a disposición de un fiscal del Poder Judicial por dejar de ser un hecho administrativo para ser un hecho judicial tal lo establece la ley 11.922 (Código de Procedimiento Penal), en sus Artículos 266; 267; 268 y no a cargo de funcionarios de otro poder cuya función es la de auxilio administrativo”, sostienen los concejales y marcan que “la perturbación en el ejercicio de la función del accionar policial está contemplado en el Código Penal en sus Artículos 237; 240 bis; 241”. Asimismo, se dirige al Ejecutivo para a través del área correspondiente “informe si en referencia al accidente de tránsito del día 01/01/2012 en intersección de avenida 17 y 18 donde a posteriori tuvo participación directa el Secretario de Control Urbano, se ha remitido a la justicia en virtud del Artículo 287 de la Ley 11.922 (Código de Procedimiento Penal), para establecer fehacientemente si hubo abuso de autoridad por parte del funcionario municipal”. “La presente Resolución tiene por objetivo esclarecer la conducta ciudadana en la vía pública, así como ratificar sus derechos y garantías; y no inducir a persecución o sanción de ningún funcionario”, marcan.
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Noticiasmercedinas.com - Actualizado 01.02.12 6:15 PM |
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