|
|
| ||||||
30/08/13
El jefe de la UDAI Mercedes de la ANSES, Fernando San Pedro, explicó que “cada municipio debe adecuar según sus normativas internas” el decreto publicado en mayo por el gobierno nacional sobre el pago de asignaciones familiares; y especificó que, “hasta que, como marca el texto, la madre comience a cobrar el monto correspondiente por cada hijo, serán los padres los que recibirán el beneficio”. “Cada provincia o municipio, o cada organismo provincial o municipal, deben adecuar el decreto del Gobierno Nacional a sus normativas internas, pero nunca dejando de pagar las asignaciones familiares. Esto es: en el caso de que sean los padres los trabajadores que generan el derecho, seguirán cobrando el beneficio hasta tanto el organismo provincial o municipal adecúe el decreto para pagarles a las madres”, señaló San Pedro. “Esto se puede hacer con la generación de bocas de pago, con la creación de un registro de madres o de varias otras formas, pero –agregó–, lo debe decidir el municipio en función de sus normas internas. Pero las asignaciones y el decreto que las regula tienen como finalidad priorizar los derechos del niño y de ningún modo deben dejar de ser abonadas”. San Pedro aclaró que la ANSES “no tiene intervención” en las asignaciones familiares “cuando se trata de trabajadores con relación de dependencia en un organismo Provincial, Municipal o Escuela Privada no incorporada al SUAF (Sistema Unico de AAFF); ni en el caso de pensionados o jubilados en un régimen diferente al SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino). En estos casos, para recibir el beneficio, la madre deberá dirigirse al organismo otorgante de la prestación previsional que corresponda”, indicó. “Para las asignaciones en las que sí tiene intervención, y cuando es el padre el que genera el derecho a la prestación, la ANSES les entrega a las madres el formulario PS 2.73 para originar el cambio –contó–. Durante el tiempo que ocupa la formalización del cambio, la ANSES no deja de pagarles las asignaciones familiares a los padres”. Según el artículo 7 del decreto 614/2013 del gobierno nacional, publicado en el boletín oficial a finales de mayo, “el efectivo pago de las asignaciones familiares correspondientes (…) se realizará a la mujer, independientemente del grupo familiar que genera el derecho al cobro de la prestación, salvo en casos de guarda, curatela, tutela y tenencia que se realizará al guardador, curador, tutor o tenedor respectivamente”.
|
|
|||||||
Mercedes - Bs As - Argentina |
|