Desde el Frente de Todos el diputado nacional Carlos Selva presenta un proyecto de ley para que los que violan un perímetro dictaminado por la justicia por violencia de género vayan efectivamente presos, al incrementar las penas, modificando el Código Penal.
En el proyecto de Ley, Selva pretende que se incorpore como Artículo 239 bis del Código Penal lo siguiente: “Art. 239 bis: Será reprimido con prisión de uno (1) a cuatro (4) años el que resistiere o desobedeciere la obligación legal de restricción perimetral o prohibición de acercamiento dictada por un funcionario público en el marco de una denuncia por violencia de género, con el objetivo de causar un daño en el cuerpo o en la salud de la otra persona.”
De esta manera propone elevar la pena a quienes violen una restricción perimetral o prohibición de acercamiento dictada a raíz de una denuncia por violencia de género. «Si bien la modificación planteada es amplia en torno al género, la realidad es que surge a raíz de la grave situación que se vive nuestro país en materia de femicidios», sostiene Selva.
El diputado nacional remarca que en los casos de violación de una restricción perimetral la pena aplicable es la que prevé el Art. 239 del Código Penal para los casos de desobediencia a una obligación legal, que prevé una escala penal de quince días a un año, lo que ocasiona que sólo en casos excepcionales la violación de una prohibición de acercamiento conlleve una pena de prisión efectiva. «Y en el peor de los casos esa violación deriva en un femicidio», sostiene Selva.
«Las estadísticas en nuestro país son alarmantes. Ni hablar de los casos por violencia de género que no llegan a ese extremo. Pero lo cierto es que estadísticamente son cada vez más las denuncias por violencia de género que terminan en femicidios por ausencia o ineficiencia del Estado. Estadísticamente, sólo entre tres y cuatro de cada diez personas cumplen con las medidas de restricción perimetral, lo que evidencia no sólo la ineficacia de la medida, sino la inseguridad que eso conlleva para la víctima que ya realizó una denuncia y pidió protección del Estado», argumenta el diputado.
Entre las estadística que presenta, habla de que muchas de las víctimas directas de femicidios obtuvieron medidas judiciales de protección.
«El Observatorio de Violencia de Género “Ahora que sí nos ven” en su último informe para el año 2019 registró 327 femicidios, lo que equivale cerca de un femicidio cada 24 horas y sólo en el mes de diciembre hubo un saldo de 30 mujeres asesinadas. La entidad elaboró el informe mediante los datos recolectados en medios gráficos y digitales. En el 67% de los casos, los autores de los crímenes son parejas o ex parejas de las víctimas. En el 63% de los casos, el asesinato se comete en la vivienda de la víctima, el 27% en la vía pública y solo un 5% en la vivienda del agresor. Asimismo, en el 54,9% de los casos hubo episodios de violencia no denunciados antes de la primera presentación judicial. En lo que va del año 2020, hubo 68 femicidios. Las cifras son cada vez más alarmantes», agrega entre los argumentos.
«Es innegable que la medida propuesta no resuelve la problemática, pero resulta necesaria cuando los mecanismos previstos para proteger a las víctimas, como es el caso de la restricción perimetral, no son suficientes para garantizar su integridad. Cuando el violento violó el perímetro, significa que el Estado ya llegó tarde y lo que pretendemos con esta medida es prevenir la fatalidad que puede derivar de esa ineficacia del Estado. Es evidente que resulta indispensable la fijación de criterios de política criminal que atiendan las circunstancias especiales que suponen estos casos, y la adopción de medidas de protección de la mujer víctima a fin de evitar consecuencias mayores y la reiteración delictual», concluye Carlos Selva en el Proyecto de Ley.