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Establecen pautas de aislamiento obligatorio para bonaerenses que regresen al país

De acuerdo con la decisión administrativa 643/2021 del Gobierno Nacional, la Provincia de Buenos Aires establece las pautas del aislamiento obligatorio que deberán seguir todas aquellas personas con domicilio en territorio bonaerense que salgan del país a partir de este jueves 1 de julio.

En tanto aquellos que hayan dejado el país previo a esa fecha deben realizar 7 días de aislamiento obligatorio en sus domicilios como ya estaba indicado.

A través de la resolución N° 192-MJGM-2021 que se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia con firma conjunta entre la Jefatura de Gabinete y el Ministerio de Salud, desde hoy, al salir de la Argentina se deberá completar una declaración jurada en la cual se asume el compromiso de efectuar al regreso un aislamiento obligatorio de siete días: los primeros cuatro serán en hoteles habilitados por el Gobierno de la Provincia, en tanto que los tres restantes se llevarán a cabo en los domicilios particulares.

Previo a retornar al país, se tendrá que completar en el formulario electrónico de la Dirección Nacional de Migraciones los datos del hotel y del domicilio en el cual cumplirá el periodo de aislamiento.

Asimismo, para brindar asistencia a los pasajeros, habrá un puesto de información de la Provincia en los puntos de ingreso al país que se encuentran habilitados (aeropuertos de Ezeiza y San Fernando, y terminal fluvial de Puerto Madero).

Respecto a los hoteles habilitados, la Provincia pondrá a disposición un formulario digital para que se inscriban aquellos que puedan garantizar paquetes de cuatro noches. Los ingresantes podrán elegir entre los que se encuentren disponibles para este fin, publicados en www.gba.gob.ar, y tendrán a su cargo el costó del hospedaje y la movilidad hacia el mismo que podrá ser en vehículo propio o rentado.

La Provincia fiscalizará el cumplimiento del aislamiento y en caso de detectar un incumplimiento se labrará un acta y se realizarán dos denuncias: una penal por atentado contra la salud pública; y otra ante un Juzgado de Paz por infracción a la normativa provincial, que permite establecer multas de hasta 500 salarios básicos de la administración pública.

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