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A un año de la aprobación del Etiquetado Frontal

Ya pasó un año de la sanción de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable y comenzaron a verse algunos de los cambios que esta iniciativa vino a modificar e impulsar. Por el caso, hace dos meses que, aunque modestamente, se pueden encontrar en algunos productos alimenticios envasados el etiquetado frontal de sellos octogonales negros que advierten el exceso en grasas, azúcares, sodio y calorías, cuyos valores máximos deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

“Es una ley, no es solo el acceso a la salud sino también el acceso a la información. Es una ley que busca la ampliación de derechos. La búsqueda de la información no recae de esta manera en la responsabilidad individual de las personas, sino que ahora forma parte del rol del Estado, a través de una política pública”, explicó la licenciada en Nutrición, Erica Bianquet, quien integra una de las comisiones de trabajo del Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Buenos Aires.

De esta forma, la ley tiene por objeto garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada y dar información nutricional clara, simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas para resguardar los derechos de las y los consumidores. También busca prevenir la malnutrición en la población y reducir las enfermedades crónicas no transmisibles y advertir sobre los denominados “nutrientes críticos”.

Sin embargo, Bianquet también advirtió que hoy la implementación del etiquetado frontal se encuentra en una zona gris ya que algunas empresas pidieron un aplazamiento para la adecuación, que les fue concedida, pero se desconoce cuántas y cuáles empresas fueron beneficiadas. “Se han presentado dos pedidos de acceso a la información y en ambos casos respondieron que esa información es confidencial. Así, la sociedad no sabe si los productos alimenticios no deben llevar los octógonos negros, o están alcanzados por la prórroga o, directamente, están incumpliendo la ley”, señaló la nutricionista.

La iniciativa no se limita a la implementación del etiquetado frontal de los alimentos. Esta es una ley integral que también regula otros aspectos vinculados a mejorar los entornos. En ese sentido, prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de alimentos y bebidas analcohólicas envasadas, que contengan al menos un sello de advertencia, especialmente aquellos dirigidos a las infancias y las adolescencias.

Es así que en sus envases no puede tener personajes infantiles, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas ni estar acompañados por obsequios, premios, regalos, o cualquier otro elemento de promoción que puedan orientar y/o definir la compra o la elección de estos alimentos.

Asimismo, la norma prevé la inclusión de contenidos mínimos de educación alimentaria y nutricional en los niveles inicial, primario y secundario de las 60.000 escuelas de todo el país para considerar al ámbito educativo como un espacio promover una alimentación saludable y fomentar la adquisición de destrezas que ayuden a los niños, niñas y adolescentes a mejorar sus prácticas alimentarias de manera sostenible.

Desde el Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Buenos Aires se viene reclamando la aplicación integral de la ley, destacando no solo la importancia del rol del Estado en la implementación de la norma sino también en rol de profesional de las y los nutricionistas en su seguimiento.

La Ley de Promoción de la Alimentación Saludable fue sancionada el 26 de octubre de 2021. Un año antes había sido aprobada por la Cámara de Senadores y estuvo esperando nueve meses para que los diputados la trataran. A mediados de julio de 2021, en un plenario de cuatro comisiones de la Cámara Baja, obtuvo dictamen favorable. Luego, vendría la sanción y dos semanas más tarde la promulgación del Poder Ejecutivo. Finalmente, el 22 de marzo pasado la norma fue reglamentada bajo el decreto 151/2022, publicado un día después en el Boletín Oficial.

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