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Naturgy informó sobre los alcances del nuevo decreto presidencial por cortes de servicio

En función del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 311/2020 dictado en el marco de la emergencia sanitaria que atraviesa nuestro país, Naturgy informa sobre los alcances de la medida relacionados con la abstención de corte ante mora o no pago de las facturas.

Alcance del beneficio
La disposición establece que a los beneficiarios no se les podrá cortar el servicio si adeudan hasta 3 facturas, consecutivas o no, dentro de los próximos 180 días a partir del día de la fecha.

Vale aclarar que las facturas vencidas anteriores al 1ro de marzo quedan excluidas de la presente resolución.

Beneficiarios
Se encuentran alcanzados por la presente resolución:

  • Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.
  • Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social.
  • Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
  • Trabajadores monotributistas inscriptos y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo.
  • Electrodependientes, beneficiarios de la Ley N° 27.351.
    Usuarios incorporados y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844).
  • Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

A su vez, alcanza a los siguientes usuarios no residenciales:

  • Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), conforme lo dispuesto por la Ley N° 25.300 afectadas en la emergencia, según lo establezca la reglamentación;
  • Las Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) afectadas en la emergencia, según lo establezca la reglamentación;
  • Las instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia, según lo establezca la reglamentación;
  • Las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.

Planes de Pago
Las empresas prestadoras deberán otorgar a los usuarios planes de facilidades de pago para cancelar las deudas que se generen durante el plazo de vigencia de las medidas dispuestas, conforme las pautas que establezcan las autoridades de aplicación.

Igualmente, a fin de evitar se le superpongan vencimientos en el futuro, Naturgy recomienda, en la medida de lo posible, abonar las mismas en la fecha de vencimiento original.

Medios de pago on line
A su vez, Naturgy desea recordar las alternativas de medios de pago que pone a disposición de sus usuarios, a saber: Botón de Pago en la Oficina Virtual, débito automático (con American Express, Visa, MasterCard, Tarjeta Naranja, Cabal, Diners, Cabal), pagos electrónicos (Link Pagos, PagoMisCuentas, Visa SPV, MasterConsultas), por teléfono al 0810-666-72467, y ahora también a través de Mercado Pago.

En caso de Emergencias comunicarse al 0800-888-1137, o a los teléfonos alternativos de Emergencias 0810-888-1137 ó 4754-1137.

A su vez la empresa invita a sus usuarios a seguir las noticias del servicio a través de sus redes sociales desde donde se irá informando las últimas novedades.

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