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Corte Suprema falla contra la sobrepoblación carcelaria

La Corte Suprema de Justicia de la Nación le ordenó a la Corte provincial adoptar medidas contra la sobrepoblación y hacinamiento carcelario, en respuesta a un recurso de apelación y de queja presentado por el Consejo de Defensores de la provincia de Buenos Aires.

La Corte de Nación revocó el fallo del máximo Tribunal bonaerense que cerraba la instancia de control de ejecución del fallo Verbitsky, que tiene 16 años y sigue sin cumplirse. Le ordenó dictar uno nuevo, asumir su competencia y adoptar medidas para descomprimir la grave situación.

La Corte resaltó la importancia de los procesos colectivos para resolver sobre cuestiones estructurales, reconoció que la crisis en el sistema de encierro se profundizó y destacó las medidas cautelares dictadas por la Comisión Interamericana de Derechos humanos y la gravedad de alojar personas en comisarías clausuradas por orden judicial y/o ministerial, algo que denunció reiteradamente la Comisión Provincial por la Memoria, en su calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura.

El fallo Verbitsky fue un precedente de enorme relevancia jurídica y trascendencia institucional: el tribunal consideró que la sobrepoblación carcelaria alcanzada en la provincia de Buenos Aires afectaba los derechos fundamentales a la vida y a la integridad física de las personas privadas de la libertad, reconoció que era una situación estructural y estableció ciertos parámetros para “diseñar un modelo de solución”.

Este fallo pone de relieve la crisis humanitaria en la que se encuentran las personas privadas de la libertad en comisarías y cárceles provinciales.

Dieciséis años después, el fallo sigue sin cumplirse. La Corte bonaerense, quien debía velar por el control de ejecución de lo resuelto, no sólo no promovió la adopción de medidas tendientes a solucionar la situación, sino que, ante los reiterados pedidos formulados, dispuso dos años después el cese de su intervención y el cierre del trámite de la causa.

La decisión de la Corte bonaerense, al clausurar la posibilidad de exigirle la adopción de medidas efectivas que de algún modo mitigaran la crisis humanitaria en los ámbitos de encierro punitivo, eludía su responsabilidad como máximo tribunal jurisdiccional de la Provincia.

Este fallo pone de relieve la crisis humanitaria en la que se encuentran las personas privadas de la libertad en comisarías y cárceles provinciales, y la falta de respuestas judiciales efectivas para enfrentar esta situación de la que también son responsables.

Frente a estas graves violaciones de derechos humanos, reiteradamente señaladas por organismos internacionales de derechos humanos y la Corte de Justicia de la Nación, es indispensable la adopción de medidas urgentes de parte de los tres poderes del Estado a fin de revertir esta situación.