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1 de cada 100 personas adultas en Argentina son celíacas: ¿Cuáles son sus derechos?

Según el Ministerio de Salud, en la República Argentina existen más de 400 mil celíacos diagnosticados, lo que hace que 1 de cada 100 personas adultas en Argentina viva con celiaquía. A pesar del alto número de personas que viven con esta enfermedad crónica, muy pocos conocen la legislación nacional que protege los derechos de estos ciudadanos.

La enfermedad celíaca es una afección autoinmune provocada por una reacción negativa al gluten, proteína que se encuentra en el Trigo, Avena, Cebada y Centeno (TACC). Esta enfermedad crónica afecta al intestino delgado y puede aparecer en cualquier momento de la vida sin importar la edad. Además es una enfermedad genética, por lo que es muy posible que en la familia de un celíaco existan otros que aún no han sido diagnosticados.

La lesión intestinal que provoca la intolerancia al gluten ocasiona una malabsorción de todo tipo de nutrientes. Con el intestino en mal estado, es normal que una persona celíaca tenga múltiples carencias nutricionales, como la deficiencia de magnesio, hierro o ácido fólico, el encargado de fortalecer el sistema inmunológico.

Leyes a favor de la comunidad celíaca
La única forma de contrarrestar esta enfermedad es detener el consumo de gluten de por vida, por lo que para evitar discriminación en los lugares donde se consumen distintos tipos de alimentos, el Gobierno ha decretado distintas leyes en defensa de las personas que viven con la enfermedad celiaca.

  • Ley 26588: Declara que la atención médica, capacitación, e investigación, así como la detección y tratamiento temprano, es un asunto de interés nacional.
  • Resolución 102/2011: Aprueba la incorporación de la detección de la enfermedad celíaca al Plan Médico Obligatorio (PMO), obligando a las obras sociales y prepagas a pagar el diagnóstico. La doble resolución SPRel Y SAGyP 201/2011 y 649/11 determina el logo oficial para reconocer productos libres de TACC.
  • Decreto 754/2015: Sustituye el artículo 9 del decreto 528/11. Establece que las obras sociales y entidades mencionadas en el artículo se encuentran en la obligación de cubrir con una suma de dinero mensual a sus afiliados con fines de adquirir harinas, premezclas, entre otros productos derivados libres de gluten. La resolución del Ministerio de Salud y Desarrollo Social asciende el monto a 1.843 pesos argentinos.
  • Resolución 1408-E/2017 del Ministerio de Salud: Autoriza la acreditación de los pacientes celíacos a través de una “Constancia Médica de Enfermedad Celíaca”. Solo el personal médico puede expedir el certificado.
  • Ley 27196: Modifica la ley 26588 y decreta que los establecimientos mencionados al final deben contar con al menos un menú libre de gluten. Los lugares obligados con los siguientes:
    • Lugares destinados a personas privadas de su libertad.
    • Lugares de residencia que ofrezcan alimentos.
    • Los colegios que cuenten con comedores o kioskos.
    • Las empresas de transporte aéreo, acuático o terrestre.
    • Los restaurantes y bares.
    • Los locales de comida rápida.