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Desde el Colegio de Arquitectos aseguran que un decreto les limita la profesión

A través de su presidente, el Arquitecto José María Serpi, el distrito 5 del Colegio de Arquitectos de la provincia de Buenos Aires envió notas al intendente Juan Ignacio Ustarroz y a la presidente del Concejo Deliberante, Evangelina Cabral, haciéndoles saber sobre una gran preocupación de los arquitectos locales.

La misma tiene como origen el Decreto 1144 de la Municipalidad del 30 de junio de 2022, en el que se ordena suspender inicios de presentaciones de Planos de obra nueva, por un tiempo de 180 días prorrogables.

El Colegio de Arquitectos manifiesta que, en primer lugar, establecer una suspensión de presentaciones, sin una respuesta particular de cada tramitación, lo que «a todas luces nos parece arbitrario y desmedido, no es posible justificar en derecho “…la prohibición de nuevas presentaciones de planos….”, ya que ante el retraso u omisión legislativa que viene dándose en el tiempo sobre la cuestión particular de Ordenamiento Urbano y Territorial, esta situación podría ser de gran duración por la falta de respuesta y burocracia propia del actuar administrativo, en donde durante años de dicha cuestiones de gran importancia, no han tenido una respuesta».

La queja tiene como origen el Decreto 1144 de la Municipalidad del 30 de junio de 2022, en el que se ordena suspender inicios de presentaciones de Planos de obra nueva, por un tiempo de 180 días prorrogables.

En segundo lugar, siempre según CAPBA 5, «se han excedido en las competencias regulatorias constitucionales definida por los artículos 41 y 42 de la Constitución Provincial»: «Así, el artículo 41 en su primer párrafo dispone que la Provincia reconoce a las entidades intermedias expresivas de las actividades culturales, gremiales, sociales y económicas, y garantiza el derecho a la constitución y desenvolvimiento de colegios o consejos profesionales, por lo tanto no se podría limitar el derecho a los arquitectos de hacer presentaciones ante el Municipio, ello en concurrencia con otras normativas propias del derecho a trabajar libremente, dan lugar afirmar que no es posible que por medio del ejercicio de la función administrativa municipal, se limite los derechos de los matriculados».

«Suspender la tramitación de planos de obra, por tareas que oportunamente se van a realizar, es convalidar la omisión legislativa del Municipio, imponiendo una restricción al derecho de trabajo de los profesionales, y no estamos hablando de un plazo prudencial, sino muy amplio y prorrogable», afirman. «Nunca la calificación de cuestión extraordinaria, puede justificar ese actuar», cuestionan.

Por estas razones, desde el Consejo Directivo del Colegio de Arquitectos, Distrito 5 solicitan a las autoridades municipales, se tenga a bien «aceptar las presentaciones de planos que puedan realizar los arquitectos matriculados, y darle tratamiento particular, si se considera necesario, pero no limitar el derecho a trabajar en el territorio municipal de la ciudad de Mercedes».