En función del anacronismo de la norma, el concejal de Juntos por el Cambio, Martín Bossi, pide en el recinto que se derogue el cobro de tasa de guías municipales para traslado de hacienda.
El proyecto ingresa en el orden del día de la próxima sesión legislativa y tiene que ver con el cobro por parte de municipio de la tasa de Guías Municipales para traslado de hacienda, resaltando que la misma “no contempla contraprestación alguna por parte del Municipio, tornando la misma vetusta e inconstitucional”.
Lo que marca Bossi es que esta tasa “se cobra por un servicio municipal que hace años no se brinda y que la misma data de hace casi 200 años”.
“Su objetivo al implementarla fue el cobro municipal de un canon por la protección que los municipios le brindaban a los dueños de ganado contra los malones indios cuando estos hacían los traslados por arreo. Queda claro que hoy en día el cobro de esta tasa carece de sentido y no brinda ninguna contraprestación desde el estado municipal a quienes la pagan”, dijo.
“Hoy el SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria) lleva registro control de los Stocks Ganaderos y emite DTE (Documento de Tránsito Electrónico) que es obligatorio para trasladar ganado, que también tiene costo y en el cual se concentran los mismos y más datos que en la guía municipal para el traslado de ganado”, agregó Bossi y destacó que la tasa en cuestión genera a los productores problemas burocráticos, toda vez que las incongruencias entre los dos registros (SENASA y municipal) producen inconvenientes para quien necesita realizar traslados de ganado.
«Su objetivo al implementarla fue el cobro municipal de un canon por la protección que los municipios le brindaban a los dueños de ganado contra los malones indios cuando estos hacían los traslados por arreo»
“La baja de costos y agilidad burocrática incentiva la inversión y el crecimiento en los sectores productivos como lo es en este caso el ganadero”, sostiene Bossi y plantea entonces que no deberían seguirse cobrando las Tasas municipales de todo lo que tenga que ver con traslado de ganado.
En ese sentido propone un proyecto de resolución para que, en la elaboración del próximo Código Fiscal y Tributario del año 2023, teniendo en cuenta la actual redacción del Artículo 111º del Código Fiscal y Tributario 2022 Parte Especial, el que lo suplante en temática de Tasa por Control de Marcas y Señales en próximo ejercicio, quede redactado de la siguiente manera: “Artículo xxxº: La base imponible está conformada de la siguiente forma: -Registro Catastral para Camiones y Tráiler. -Inscripciones de boletos de marcas y señales nuevas o renovadas, toma de razón de sus transferencias, duplicados, rectificaciones, cambios o adicionales: tasa fija sin considerar el número de animales.”
Asimismo, pide que en la elaboración de la próxima Ordenanza Impositiva del año 2023 y tomando como referencia los artículos 41, 42, 43 y 44 de la Ordenanza 8679 (Impositiva Año 2022) las tasas a abonar en todos los ítems allí tipificados en la próxima ordenanza impositiva sean igual a cero.