Por Elizabeth Sánchez Pacheco.
El periodo de prueba es la etapa inicial de un contrato de trabajo donde el empleador puede evaluar al nuevo trabajador, sus aptitudes y su capacidad para desenvolverse en el puesto laboral pero, además, es una posibilidad para el trabajador de poder apreciar el ámbito laboral y las tareas que deberá llevar a cabo.
La Ley de Contrato de Trabajo en su artículo 92 bis establece que, todo contrato por tiempo indeterminado, se entenderá celebrado a prueba durante los primeros 3 meses de vigencia.
En este sentido, se establece que pueden las partes, durante ese plazo, extinguir la relación sin expresión de causa ni de indemnización, debiendo dar un preaviso de 15 días o en su defecto, una indemnización equivalente.
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Elizabeth Sánchez Pacheco
Abogada UBA
– Derecho laboral
– Derecho civil
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