En un reciente fallo, el Juez de Faltas de Mercedes, Dr. Matías Emanuel Maresca, ha decretado medidas contra la empresa REMAX Argentina S.R.L, en respuesta a una denuncia presentada por el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos del Departamento Judicial de Mercedes.
La denuncia, caratulada como «COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DEPARTAMENTO JUDICIAL MERCEDES C/ REMAX ARGENTINA S.R.L S/ DENUNCIA INFRACCIÓN ART. 2 ORDENANZA. 8802/22», fue presentada por el Presidente del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos, Luis Eusebio Colao, y asesorada legalmente por el Dr. Alberto Chifolelle.
La denuncia se basa en la presunta violación del artículo 2 de la Ordenanza 8802/22, la cual establece que toda publicidad de negocios inmobiliarios en el partido de Mercedes debe cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 10973 y su modificatoria 14085, así como con la Ley 20266 y la Ordenanza 4361/95 (modificada por las ordenanzas números 4760/98, 5060/00 y 6454/07). En caso de infracción, se dispone la remoción inmediata de cualquier tipo de publicidad en el partido.
El Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de Mercedes ha señalado la presencia de cartelería publicitaria ubicada en diversas calles de la ciudad, específicamente en las intersecciones de la calle 28 con las calles 33 y 35, en la esquina de la calle 6 con la calle 19, en la esquina de la calle 19 con la calle 130, y en la intersección de la calle 10 con las calles 39 y 41.
El Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de Mercedes ha señalado la presencia de cartelería publicitaria de REMAX ubicada en diversas calles de la ciudad
Estos carteles han sido atribuidos a la franquicia REMAX, la cual ha hecho caso omiso a la citación del magistrado al no presentarse a la audiencia fijada, lo que demuestra, según el Colegio, su «desprecio por las normas que regulan el ejercicio profesional».
En respuesta a la denuncia, el Juez de Faltas ha emitido una orden para que un inspector se constituya en los domicilios denunciados y constate los hechos alegados. Además, en caso de constatarse la violación a la Ordenanza 8802/22, se solicita el secuestro de la cartelería de acuerdo con el artículo 43 de la Ordenanza 5650/03 y el artículo 2 de la Ordenanza 8802/22.
El Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de Mercedes, en defensa de la sociedad mercedina y en cumplimiento de su mandato legal, continuará persiguiendo la ilegalidad y exigiendo el estricto cumplimiento de la legislación vigente. La publicidad inmobiliaria también forma parte de este mandato, y el Colegio asegura que actuará de la misma manera en todas las localidades de su departamento judicial.
Con este fallo y las acciones emprendidas, el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de Mercedes busca garantizar el cumplimiento de las normas que regulan la publicidad de negocios inmobiliarios en el partido, promoviendo así un ejercicio profesional responsable y acorde a la legislación vigente.