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Juzgado Federal de Mercedes frena ingreso de Sociedades Anónimas Deportivas al fútbol argentino

El Juzgado Federal de Mercedes resolvió poner un freno al ingreso de las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) al ámbito nacional, mediante una medida cautelar presentada por la Liga de Fútbol de Salto, entidad afiliada a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).

La medida cautelar, según el fallo judicial difundido por la AFA, ordena al Estado Nacional suspender temporalmente los artículos 335º y 345º del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nro. 70/2023, publicado en el Boletín Oficial el 20 de diciembre de 2023. Estos artículos abordaban el ingreso de las Sociedades Anónimas Deportivas al fútbol argentino, marcando un cambio significativo en la estructura organizativa de los clubes.

El despacho FSM 121/2024 destacó la urgencia de suspender la modificación propuesta, argumentando que el daño potencial podría acumularse durante el tiempo transcurrido entre el inicio de la acción y la sentencia definitiva. El tribunal expresó la necesidad de asegurar la eficacia práctica de la decisión final, considerando acreditados los presupuestos para la admisibilidad del remedio cautelar.

La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) había rechazado de manera categórica las Sociedades Anónimas Deportivas desde la publicación del DNU. El presidente de la AFA, Claudio Tapia, había manifestado su apoyo a las Asociaciones Civiles sin fines de lucro, subrayando que ese modelo representaba el fútbol argentino deseado por la mayoría de los clubes de la primera división.

El artículo 335º del DNU, objeto de controversia, establece que no se podrá impedir, dificultar, privar o menoscabar cualquier derecho a una organización deportiva basándose en su forma jurídica, siempre que esta esté reconocida en la ley y normas complementarias.

Por otro lado, el artículo 345º, de carácter transitorio, estipula un plazo de un año para que las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas modifiquen sus estatutos, adecuándose a los términos del DNU, sin perjuicio del cumplimiento de los mandatos preexistentes.

Esta decisión judicial marca un capítulo crucial en la polémica sobre la entrada de las Sociedades Anónimas Deportivas al fútbol argentino, generando expectativas sobre cómo evolucionará la situación en el futuro cercano.