Inicio Provinciales Asueto judicial, con suspensión de Términos Procesales, y convocatoria de la AJB

Asueto judicial, con suspensión de Términos Procesales, y convocatoria de la AJB

Mediante la Resolución 386-20, la Suprema Corte de Justicia dispuso –en coordinación con la Procuración General- asueto en todo el ámbito del Poder Judicial, con suspensión de Términos Procesales desde el 16 al 31 de marzo del corriente año.

El Tribunal determinó que durante dicho período la atención se limitará a asuntos de urgente despacho o que por su naturaleza no admitan postergación.

En ese sentido, la resolución dispone que permanecerán “habilitados exclusivamente los Juzgados y Tribunales en turno, incluyendo las sedes descentralizadas, funcionando con guardias mínimas y sin atención al público”.

Por su parte, se contempla que la Procuración General adopte dentro del ámbito del Ministerio Público las medidas que estime pertinentes, en función de los lineamientos establecidos en la presente resolución y en un marco de criterios comunes de aplicación.

Asimismo, la Presidencia de la Suprema Corte confirmó mediante la Resolución 132/20 la convocatoria a la AJB para participar del Comité de seguimiento y control de la crisis epidemiológica reclamada por nuestra asociación sindical. En ese ámbito el gremio judicial reclamará el monitoreo permanente de la efectiva aplicación de los mecanismos de prevención establecidos y la provisión de insumos indispensables.

También planteará la discusión respecto de los requerimientos laborales que desnaturalicen los motivos del asueto poniendo en riesgo la salud de las y los trabajadores y sus familias, tales como la afectación a los servicios de guardia de personas con niños en edad escolar y choferes, el diligenciamiento de cédulas y mandamientos de urgencia, la realización de diligencias periciales fuera de sede, entre otros.

Finalmente, la AJB reitera a los trabajadores judiciales que ante cualquier requerimiento por parte de las y los titulares de dependencias que ponga en riesgo la salud o vulnere derechos laborales se realicen las respectivas consultas a las conducciones departamentales del sindicato para garantizar las intervenciones gremiales necesarias.