Inicio Covid-19 Aislamiento: medidas para comercios, horarios y modalidades, en Mercedes

Aislamiento: medidas para comercios, horarios y modalidades, en Mercedes

Desde la Municipalidad de Mercedes se dio a conocer una comunicación oficial en virtud del Decreto N° 297/ 20 que dispuso la medida de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, con respecto a la actividad de los comercios, horarios y modalidades.

La Municipalidad de Mercedes y el Honorable Concejo Deliberante en acuerdo con la Cámara Económica de Mercedes, informan:

Los rubros comerciales que se encuentran autorizados a continuar con sus actividades comerciales conforme Artículo 6 inciso 11 del Decreto mencionado son: supermercados, minimercados, autoservicio, despensa, kiosco, carnicería, pollería, verdulería, pescadería, fiambrería, venta de pastas frescas, dietéticas, panadería, confitería, venta al por mayor alimentos, ferretería, forrajearía, veterinaria, perfumería, pañalera, farmacia, venta al por mayor productos limpieza, venta al por menor artículos de limpieza, servicio de lavandería, venta de gas en garrafa, estación de servicio.

Estos comercios deberán cumplir con todas las medidas de higiene y seguridad dispuestas en la emergencia declarada, evitando la aglomeración de personas. Asimismo, se recomienda desde la Secretaria de Seguridad el funcionamiento exclusivamente en horario diurno.

Los rubros que impliquen elaboración de alimentos, tales coma restaurant, pizzería, rotisería y heladerías, podrán realizar ventas únicamente vía telefónica y web, entregando a domicilio, conforme Artículo 6 inciso 19 del Decreto mencionado. El reparto podrá realizarse vía delivery o mediante taxis y remises, solo pudiendo transportarse el conductor y la carga.

También podrán repartirse a domicilio medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad básica, conforme Artículo 6 inciso 19 del Decreto mencionado. El reparto podrá realizarse vía delivery o mediante taxis y remises, solo pudiendo transportarse el conductor y la carga.

El rubro gomerías no podrá permanecer abierto al público, solo pudiendo atender urgencias.

El rubro viveros tendrán autorización sus titulares para circular una vez al día a fin de concurrir al establecimiento a mantener el stock en condiciones.

El rubro servicios fúnebres solo podrá realizar entierros y cremaciones. No se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas (velorios, misas).

“Entendemos que se trata de una situación difícil en este contexto económico, pero le solicitamos colaboración y responsabilidad a toda la comunidad para poder cumplir con la medida de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuesta por el Presidente de la Nación y así cuidarnos entre todos”, expresaron.