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Amplían actividades esenciales de la UNLu

El rector de la Universidad Nacional de Luján, Antonio Lapolla, resolvió ampliar las actividades y servicios «considerados institucionalmente esenciales», enlistando el total de actividades que estarán permitidas en la Casa de Estudios, dentro del marco del aislamiento social preventivo y obligatorio.

Mediante la Resolución de Rectorado N° 53/20, «ad referéndum» del Consejo Superior y fechada el 26 de junio, Lapolla determina la ampliación de actividades esenciales que estaban señaladas en la anterior Resolución del 27 de marzo, y establece que «las modalidades y procedimientos para el desarrollo de las actividades enunciadas serán analizadas y determinadas por los ámbitos para ello competentes, las que deberán estar enmarcadas en el cumplimiento de las normativas que devienen del aislamiento social, preventivo y obligatorio a nivel Provincial y Nacional».

A partir de la publicación de esta Resolución, se consideran actividades y servicios institucionales esenciales para la UNLu, y «no obstante la eventual ampliación que posteriormente pudiera efectuarse», las siguientes:

– Los trámites vinculados al desarrollo y finalización del primer cuatrimestre.

– Los trámites vinculados con la planificación del segundo cuatrimestre.

– El procesamiento de información requerida por organismos nacionales con fecha límite de presentación.

– Las gestiones y trámites necesarios para la toma de exámenes finales previstos por el Calendario Académico.

– Las gestiones para defensas de Tesis y Trabajos Finales realizados de manera no presencial.

– El funcionamiento del Comité de Asuntos Académicos, de Extensión e Investigación.

– El funcionamiento del Consejo Superior y Comisiones Asesoras del Cuerpo, comisiones especiales de Becas estudiantiles y de Posgrado, de acuerdo a Resolución RESPRHCS-LUJ: 0000017-20.

– El funcionamiento de la Comisión de Becas de Investigación.

– La protocolización de Actos Administrativos y el inicio de actuaciones que resultaran impostergables.

– El funcionamiento de los Consejos Directivos Departamentales y Comisiones Asesoras de los mismos.

– La administración y gestión de becas y proyectos de investigación.

– Las actividades mínimas indispensables en laboratorios y campo experimental para mantenimiento de ensayos y equipamiento.

– La administración de Acciones y Proyectos de Extensión actuales (solo para trámites de solicitud y rendición de anticipos) y la evaluación on line (o remota) de Acciones y Proyectos de Extensión 2019.

– El soporte para el desarrollo de comisiones paritarias docente y nodocente.

– El procesamiento de modificaciones de cargos y bajas del personal.

– El ingreso y egreso de fondos que resulten impostergables.

– El servicio de seguridad.

– Las tareas de limpieza y mantenimiento en sectores en los que se realicen actividades presenciales.

– Los viajes extraordinarios que impliquen representación oficial.

– El control de actividades agropecuarias, ordeñe de vacas y destino de la leche, y producción de líneas de lácteos destinada a comedores comunitarios.

– Las compras que se deriven de las actividades esenciales y necesarias para el cumplimiento de protocolos.

– El sistema informático, las redes sociales y los medios de información institucional.

– La liquidación y pago de sueldos, becas y pasantías internas.

– La renovación de contratos de pasantías externas.

– La atención en situaciones de urgencia a miembros de la Comunidad que requieran orientación y contención Psicológica y Social por parte de los servicios de los que dispone la Universidad.

– Las tareas de asesoramiento legal derivadas de las actividades esenciales y en cuestiones que impliquen gravedad institucional.

– La prestación de los servicios de la Dirección de Asistencia Social y Medicina Integral (DASMI) de acuerdo a lo definido por su Directorio.