Desde el bloque Juntos por el Cambio presentaron un proyecto que en principio se pensó como una ordenanza pero se consensuó sería una resolución, para las personas que sufren coronavirus y están en una situación terminal.
En este contexto de la pandemia de Covid-19 hay que lamentar pérdidas de vidas humanas lo que repercute afectiva y emocionalmente y los familiares, amigos y allegados sufren, imposibilitadas de visitar y acompañar a los enfermos en los momentos finales de su vida, como así también de despedirlos dignamente en un velorio.
En este sentido desde el Legislativo recordaron el caso de la familia Ballestero y en la última sesión del HCD presentaron un proyecto denominado “Derecho al último adiós”, proponiendo revisar ciertas restricciones sin olvidar de tomar todas las medidas sanitarias pertinentes para evitar la propagación del virus y de esta manera devolverle el derecho al familiar o amigo de poder brindarle el último adiós a su ser querido.
Según informó la concejal Nora Ortubia, de ese espacio, “el proyecto está en la Comisión de Salud y se propuso hacer un cambio y que por una cuestión de formas sea una resolución con un agregado que se pretende y tiene que ver con que se posibilite la asistencia espiritual de la persona”.
“En un principio lo pensamos para los pacientes por CovId-19 porque son los que tienen imposibilitadas las visitas, si bien en el Hospital pueden ser permeables al igual que en la Clínica a través de un vidrio para que los visiten. Nuestra idea es que aquel paciente que ya se encuentra en un estado terminal que el médico pueda definir la posibilidad de que reciba visitas de familiares si es que ya lo dejó asentado, o de algún asesor espiritual, sacerdote, pastor o del credo que profese para que lo asista en ese último momento”, aclaró la concejal Nora Ortubia.
El articulado que se presentó para ser tratado es el siguiente:
Art 1: La presente Resolución tiene por objeto avanzar en la humanización en la asistencia al final de la vida en el entorno Sanitario de las personas afectadas de COVID 19 en donde la valoración clínica haga prever que se encuentra al final de la vida, previo a la situación de agonía y muerte.
Art 2: Todos los efectores de salud públicos y privados de la ciudad deben crear un protocolo a los efectos de garantizar el derecho de visitas de los / las pacientes infectados con el virus COVID 19, en situación final de vida o condiciones especiales durante la hospitalización.
Art 3: Cuando se determine la situación próxima al final de la vida según la evolución clínica de la persona, el médico responsable del paciente se comunicará con la familia o persona designada por el paciente, y ofrecerá la posibilidad de acompañamiento en las condiciones establecidas, informándole del procedimiento a seguir y de los riesgos de la visita, quedando constancia por escrito en la Historia Clínica.
Art 4: Se ofrecerá la posibilidad de realizar una visita a una persona, preferentemente en horario pre establecido, donde el acompañante recibirá material de protección adecuado en función del riesgo determinado en la habitación para garantizar su seguridad y la del resto del personal sanitario con el cual pueda tener contacto, como mínimo el acompañante deberá ingresar con camisolín, barbijo quirúrgico, protección ocular o facial, guantes, botas y cofia.
Art 5: Se permitirá la posibilidad de proporcionar un dispositivo Smart ( Tablet o celular) para que la persona acompañante o paciente pueda poner en contacto al resto de la familia.
Art 6 : Se establecerá un circuito seguro tanto en el ingreso como en el egreso de centro asistencial .
Art 7: Tanto la persona acompañante como el /la paciente , podrán recibir apoyo psicológico a través del acompañamiento telefónico establecido a tal efecto, conforme lo determine la Secretaria de Salud Municipal.
Art 8: Comuníquese al Ejecutivo.